viernes, 7 de octubre de 2011

Inicio de la temporada de caza


Como gran parte de vosotros sabéis este sábado comienza la temporada de caza en Castilla-La Mancha. Para no alterar la normal convivencia entre cazadores y ciclistas os recomendamos circular por caminos públicos, evitando en lo posible sendas y trialeras de los cotos.
Aquí os dejo algunas reseñas de la legislación de este año, por si os interesa:
Orden de 25/05/2011, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas especiales en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2011-2012. [2011/8056]
Caza menor. En los terrenos sometidos a régimen cinegético especial el período hábil será desde el día 8 de octubre de 2011 hasta el día 8 de febrero de 2012, ambos inclusive.
En los terrenos cinegéticos de aprovechamiento común, el periodo hábil será desde el primer domingo de noviembre al último domingo de diciembre, ambos inclusive, limitándose la caza a los domingos de las 9 a las 13 horas, exclusivamente en terrenos con superficie continua igual o superior a 250 hectáreas, pudiendo cazar cada cazador como máximo 2 piezas por día de caza del conjunto de las especies conejo, liebre y perdiz, quedando el cupo libre para el resto de las especies cinegéticas.
Se contemplan las siguientes limitaciones y excepciones cinegéticas de carácter provincial:
1.- En toda la Región de Castilla-La Mancha queda prohibida la práctica de la caza tanto en los Refugios de Fauna como en todos aquellos Espacios Naturales Protegidos cuya normativa específica así lo determine.
3.- Además de las prohibiciones expresadas en el apartado anterior se prohíbe la caza en los siguientes espacios:
3.1.- Albacete.
- Las lagunas de Ruidera y área lagunar de Ojos de Villaverde.
- Los embalses de El Talave, Camarillas, Cenajo, Fuensanta, Tolosa y Turrilla.
3.2.- Ciudad Real.
- Las Lagunas de Ruidera.
- El embalse de Peñarroya
PARA CONSULTAR +:
Orden de 25/05/2011, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se fijan los períodos hábiles de caza
http://www.club-caza.com/legislacion/vedas/vedaclm.pdf
IMOVIP (informacion de vias pecuarias y montes) - Castilla-La Mancha.
http://pagina.jccm.es/maydr/imovip/index_imv.php

Documentos generales sobre caminos municipales y vías pecuarias

http://www.adesalambrar.com/index.php/repositorio/4.-Documentos-generales-sobre-caminos-municipales-y-v%C3%ADas-pecuarias/orderby,7/
Uso de los caminos públicos:
http://www.adesalambrar.com/index.php/repositorio/func-startdown/5/
Herramientas que nos ayudan a la localización de caminos públicos:
http://www.caminoslibres.es/index.php?name=Sections&req=viewarticle&artid=84
Vías pecuarias
http://es.wikipedia.org/wiki/V%C3%ADa_pecuaria
Ley Vías pecuarias en Castilla-La Mancha
http://www.centroviaspecuarias.es/descargas/legislacion/ley%20vias%20pecuarias%20de%20Castilla%20La%20Mancha.pdf

2 comentarios:

50KM dijo...

Lo que no me ha quedado claro es:
- ¿Cuantos ciclistas puede abatir en un mismo día un cazador?
- ¿Cuantos conejos con tomate se puede comer un ciclista con hambre?
- ¿Qué corre más, un cazador con diarrea o un ciclista con pájara?
- ¿Cuantas piezas puede espantar un cilista en un día a un cazador?
- ¿Qué duele más, una perdigoná en el culo o que te roben la bicicleta mientras almuerzas?

Un saludo y cuidado con los malos cazadores, que no con los cazadores.... Igual dirán de nosotros...

Miki dijo...

Un saludo. Con lo facil que es la vida y lo que la complican los políticos y demás...